Escrito por: Community Manager
Tras la aplicación del euro por receta en Cataluña y la entrada en vigor del copago, el debate, en las últimas semanas, en el sector farmacéutico lo ha centrado la subida del IVA
El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad es el que recoge una serie de medidas fiscales entre la que se encuentra la Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (Artículo 23). “Con efectos desde 1 de septiembre de 2012 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se modifica el artículo 91, que queda redactado de la siguiente forma: “Se aplicará el tipo del 4 por ciento a las operaciones siguientes: Los medicamentos para uso humano y las prótesis e implantes internos para personas con minusvalía”. http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf.
Por otro lado, a partir del 1 de septiembre, el tipo general, al fijarse en el 21% se igualará al de los países de la eurozona, sólo superado por Polonia y los tres países intervenidos, Grecia, Irlanda y Portugal que se sitúa en el 23%. El tiporeducido, que afecta a los productos sanitarios y la parafarmacia pasará del 8% al 10%, como ya saben todos. Desde la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE) se lamenta que el Gobierno “no haya aprovechado la ocasión para suprimir el gravamen a los medicamentos”, tal y como ha propuesto en numerosas ocasiones esta patronal. Y es que, tal y como precisa FEFE, “esta medida ya se aplica en otros países de nuestro entorno, al tratarse de bienes de primerísima necesidad”. Una medida que, según indican, “reduciría sensiblemente la factura pública de medicamentos y sería una fórmula para compensar el aumento del copago farmacéutico y el incremento en el precio en otros campos, como el de la alimentación”. El mantener este tipo impositivo “agravará la presión fiscal sobre los colectivos como enfermos crónicos y jubilados, que se han visto afectados por la entrada en vigor del nuevo copago farmacéutico y la desfinanciación pública de 426 medicamentos indicados para síntomas menores”. http://www.elglobal.net/articulo.aspx?idart=651110&idcat=775&tipo=2.
Como es habitual una subida de este tipo de impuesto, que castiga a las clases medias y bajas, origina, siempre, una contracción del consumo.La tendencia al ahorro y a comprar menos por impulso afectará también a las oficinas de farmacia.
Sin embargo, el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria castigará aún más a las boticas con la modificación del artículo 161 que hace referencia a los tipos del recargo de equivalencia. Este recargo es el porcentaje del IVA del margen comercial que las oficinas de farmacia pagan por adelantado antes de dispensar un producto. Desde el 1 de septiembre serán los siguientes. “Con carácter general, el 5,2 por ciento y para las entregas de bienes a las que resulte aplicable el tipo impositivo establecido en el artículo 91, apartado uno de esta Ley, el 1,4 por ciento”, http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf.
El director de Asefarma, Alejandro Briales, ha explicado que “la subida del recargo de equivalencia es proporcionalmente mayor a la del IVA, algo que cree que se debe a que en la anterior subida, en julio de 2010, no se tocó el recargo de equivalencia”. “Parece que el Gobierno ha querido ajustar, pero esto es muy perjudicial para las farmacias porque se encarecerán sus compras”, ha informado. Pese a ello, cree que el que la subida entre en vigor el 1 de septiembre da “un margen de maniobra” para adelantar pagos y compras. “Se puede comprar antes del 1 de septiembre y vender al mismo precio, con lo que se gana en competitividad, o vender más caro, lo que implica un mayor margen de beneficios”, ha comentado.http://elblogdeasefarma.blogspot.com.es/.
Si hacemos una simple operación comprobamos que si el recargo de equivalencia pasa del 1 al 1,4%, implica una subida del 40%.
La farmacia no ha acogido bien la subida que supone pagar por adelantado antes de vender el producto. Recordar que en el caso del IVA reducido (parafarmacia y productos sanitarios), que pasa del 8 al 10 por ciento, el recargo de equivalencia sube del 1 al 1,4 por ciento; en el tipo normal de IVA, que pasa del 18 al 21 por ciento, el recargo se incrementa del 4 al 5,2 por ciento; mientras que en los de IVA superreducido (medicamentos) se mantiene en el 0,5 por ciento. Para FEFE, esta medida “vuelve a castigar a las farmacias, que ya viven una situación dramática, tras las continuas bajadas de precios y márgenes de los medicamentos y las acciones sobre la oferta que han promulgado los últimos reales decreto-ley”.http://www.elglobal.net/articulo.aspx?idart=651110&idcat=775&tipo=2.